Neuquén presentó ante Nación la declaración de emergencia agropecuaria por sequía
Fue este jueves en la Reunión Ordinaria de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios convocada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGYP).
El secretario de Producción e industria de la provincia, Diego García Rambeaud, presentó este jueves ante las autoridades competentes el Decreto de declaración de la emergencia agropecuaria a los efectos de la aplicación de la Ley de Emergencia Agropecuaria Nacional (Nº 26.509). El organismo nacional resolvió elevar el pedido a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca nacional para que se declare la emergencia por 12 meses desde el 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026.
Tras haber sido declarada a nivel provincial mediante el Decreto 1303, el funcionario repasó los episodios precedentes: entre 2010 – 2020 la declaración de sequía asentada en varias normas provinciales, en 2011 la erupción volcán Cordón Caulle, en 2015 la erupción del volcán Calbuco, en 2020 el temporal de nieve (Rs.165/20) y desde 2021-exceptuando el año 2024- hasta la fecha, distintas declaraciones por sequía.
Ante las autoridades nacionales, García Rambeaud, explicó el impacto que está teniendo la sequía en las actividades productivas. “En la ganadería, por ejemplo, se registran índices productivos por debajo de los promedios históricos, deterioro del estado corporal de los animales que repercute en los procesos de gestación, parición, destete, y en la cantidad y calidad de las fibras (lana – mohair); y elevada mortandad”, remarcó.
“En el área acuícola de la provincia, hay una disminución de la columna de agua, peligro de rotura de redes, incremento de la carga por metro cúbico, incremento de riesgo de enfermedades y mortandad y un incremento en los costos de producción”, agregó.
También indicó que “en el área forestal existe un incremento del estrés hídrico, que repercute en el aumento de la susceptibilidad de ataque de plagas como el Sirex noctilio y se incrementa el peligro de incendios”.
El secretario trajo a colación los estudios realizados por INTA y la AIC, donde se indica que “esta situación ha provocado una reducción sostenida en la productividad forrajera y una disminución de la disponibilidad de agua en numerosas zonas. A esto se suma una mayor aridez ambiental, impulsada por el incremento de las temperaturas durante los períodos de primavera y verano”.
“En conjunto, estos factores elevan considerablemente la probabilidad de pérdidas productivas en la ganadería neuquina“, señalaron desde INTA. También concluyeron que “la región oeste de Neuquén se encuentra en condiciones de sequía meteorológica, siendo incluso sequía extrema en regiones acotadas”.
En la exposición se dio cuenta de las estrategias de intervención que lleva adelante la provincia en este sentido como líneas de financiamiento, la instancia de Comité Provincial de Emergencia Agraria, Hídrica y Productiva y la Mesa público-privada para la validación, coordinación y articulación de acciones, la inversión en obras para la Trashumancia y maquinaria para mejoramiento de canales; asistencia técnica y capacitaciones.
Una vez que la SAGyP emita la resolución con la mencionada declaración, la provincia podrá presentar un proyecto de asistencia financiera que vayan en paralelo con los recursos provinciales.
El objetivo de la declaración de la emergencia agraria por sequía a nivel nacional redundará en diversos puntos como la prórroga del vencimiento del pago de impuestos que graven el patrimonio, capitales o ganancias de las explotaciones afectadas cuando el mismo recaiga en el mismo período en el que esté vigente el estado de emergencia, hasta el ejercicio siguiente a su finalización.
La suspensión por pate de ARCA de la iniciación de juicios de ejecución fiscal para el cobro de impuestos adeudados hasta el período siguiente a la finalización del período de emergencia o desastre. En caso de que ya estuviera iniciado, deberá paralizarse hasta que expire el lapso por el cual se decretó la emergencia o desastre.
Cuando se produzcan ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina, podrá deducirse en el balance impositivo del impuesto a las ganancias el 100% de los beneficios derivados de tales ventas. Esta deducción se computará en los ejercicios fiscales en que las ventas hubieran tenido lugar.
En este contexto, ARCA también podrá establecer la exención total o parcial del pago del impuesto a los Bienes Personales sobre los bienes ubicados en las explotaciones agropecuarias emplazadas sobre los inmuebles rurales arrendados si se encuentran en zona de desastre. Al mismo tiempo, el organismo podrá determinar la exención de otros tributos como Ganancias, el componente impositivo del Monotributo y las contribuciones a la Seguridad Social.
Los productores Monotributistas que estén inscriptos en el régimen simplificado gozarán de la prórroga del pago del componente impositivo y una reducción del 50% si está englobado en el estado de emergencia y del 75% si se trata de zona de desastre.





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