Refuerzan controles en el Volcán Copahue y recuerdan requisitos para actividades en Áreas Protegidas
El fin de semana se realizó un control a alrededor de 200 personas que ascendieron al volcán. Desde la Provincia se recordó la vigencia de la normativa que regula actividades deportivas y culturales en el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas. El ascenso debe realizarse con guías habilitados.
El gobierno de la provincia del Neuquén, a través de la dirección provincial de Áreas Naturales Protegidas, realizó el sábado 14 y el domingo 15 de febrero controles de ascenso en el Volcán Copahue, como parte de las tareas de ordenamiento y seguridad del área.
Durante ambas jornadas se controló aproximadamente a 200 personas que se acercaron para realizar el ascenso hasta el cráter o cumbre del volcán, una actividad que requiere preparación física, equipamiento adecuado y cumplimiento de las disposiciones vigentes.
Desde el organismo recordaron que es fundamental contar con indumentaria y elementos de seguridad acordes a la actividad de montaña, a fin de reducir riesgos y prevenir incidentes. Asimismo, reiteraron la obligación de realizar el registro online y firmar el deslinde de responsabilidad, disponibles en la página oficial del municipio de Caviahue-Copahue.
Es importante destacar que, en carácter de turistas o visitantes, el ascenso debe realizarse con guías habilitados, quienes deben presentar la documentación correspondiente y pueden ascender con un máximo de 10 personas por grupo. También se recordó que quienes hayan aprobado el Curso de Guía de Sitio deben tramitar su habilitación ante el área de Turismo para poder desempeñarse formalmente.
El Volcán Copahue es un volcán activo, por lo que la regulación de esta actividad busca resguardar la seguridad de quienes lo visitan y garantizar un uso responsable del entorno natural.
Requisitos para actividades deportivas y culturales
En este contexto, la Provincia recordó la vigencia de la Disposición que aprueba la Norma Legal para Actividades Deportivas y Culturales en el Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas (SPANP), instrumento que regula la realización de eventos dentro de estas áreas.
La normativa establece que toda persona o empresa que pretenda realizar este tipo de actividades debe solicitar autorización con más de 30 días de anticipación mediante nota formal al SPANP, detallando características del evento, cantidad de participantes, senderos a utilizar, plan de contingencia y plan de gestión de residuos, entre otros requisitos.
Entre los principales lineamientos se destacan:
- Las actividades sólo pueden realizarse en zonas de uso público habilitadas.
- Se prohíben competencias “non stop”, actividades a campo traviesa y competencias con vehículos a motor.
- Durante enero no se autorizan competencias de gran convocatoria debido a la alta carga turística.
- Los organizadores deben minimizar ruidos y molestias, restringiendo el uso de drones, parlantes y grupos electrógenos.
- Es obligatoria la correcta gestión y retiro de residuos.
- Debe acreditarse la contratación de seguros correspondientes.
- Finalizada la actividad, se debe presentar un informe técnico con detalle de su desarrollo.
- La autoridad de aplicación evaluará cada solicitud con intervención del equipo técnico y del Cuerpo Provincial de Guardaparques, pudiendo aprobarla, formular observaciones o rechazarla si se considera que podría afectar la flora, fauna, biodiversidad o recursos culturales del área.
- El incumplimiento de la normativa será sancionado conforme a lo establecido por la Ley Nº 2594 y sus normas complementarias.
Desde el ministerio de Turismo, Ambiente y Recursos Naturales se reiteró que el objetivo de estas disposiciones es compatibilizar el uso público con la conservación, garantizando que el disfrute de los entornos naturales se realice de manera segura, ordenada y respetuosa con el ambiente.
Para más información, se pueden comunicar con Áreas Naturales Protegidas, al teléfono 299 4495941 o correo electrónico mesaentradasambiente@neuquen.gov.ar.





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