Legisladores nacionales de Juntos por el Cambio presentan escrito en la Corte Suprema a favor de Pablo Cervi

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Imagen: Twitter @CerviPablo

En su carácter de Amicus Curiae o Amigo Del Tribunal, legisladores nacionales pertenecientes a Juntos Por El Cambio presentaron en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, un escrito en el que exponen distintas consideraciones jurídicas y políticas a favor de la decisión de la jueza federal Carolina Pandolfi para que sea Pablo Cervi quien ocupe el lugar de Horacio Pechi Quiroga. 

La presentación tiene por objetivo conducir a la mejor resolución, y se destaca la condición de diputados y senadores nacionales que participaron del proceso de debate y sanción de la ley 27.412 de paridad de género en ámbitos de representación política. Asimismo, subrayan la importancia de fortalecer el proceso interpretativo original de la ley para su correcta aplicación dándole especial valor a la opinión que estos tienen por su intervención en la discusión de la misma. 

Los legisladores consideran que debe tenerse en cuenta que, para la decisión que determine quien asuma como senador, la lista se consensuó en función del acta constitutiva y las leyes vigentes.

La misma, estableció en su cláusula décima que los integrantes podían ser extrapartidarios independientes, exceptuando el caso de los titulares a senadores y diputados nacionales.

Estos últimos debían ser afiliados a los partidos que integran la alianza. En este sentido, las partes involucradas aceptaron los términos de manera voluntaria. Y, una interpretación diferente de las normas, cambiaría las condiciones y, la previsibilidad.

Luego del fallecimiento de Quiroga, la designación de Cervi se fundamentó en el artículo 7 del Decreto 171/2019 que manifestaba la sucesión entre personas del mismo género, considerándose correcta porque fue realizada siguiendo el corrimiento necesario y respetando los requisitos de conformación paritaria establecida en el artículo 60 bis del Código Electoral Nacional, aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por Decreto N° 2135/83) y sus modificatorias. 

En ese marco, se señala que previo a la redacción del decreto, se efectuaron intercambios con integrantes de distintos partidos políticos, de manera que se pueda garantizar con esto el espíritu de la ley, que persigue el principio de la sucesión de genero, llegando a un consenso unánime. 

Finalmente y a raíz del fallo de la jueza con competencia electoral, es cuando la Alianza suscribe el acta aclaratoria reforzando su cláusula décima y manifiesta su conformidad con la sucesión de Cervi como titular.

La CNE observó que «la aplicación directa de la pauta de sustitución por personas del mismo género, prevista en el citado artículo 7° del Decreto 171/2019, conduce a una solución contradictoria con la finalidad esencial de la ley que reglamenta (27.412), pues implica que un candidato suplente sea ubicado con prelación a una candidata titular».

La 27.412 no disponía sobre la vacancia cuando esta resultó con posterioridad a las elecciones primarias y antes de las generales. En el artículo 157, reformado por esta ley se dispone la conformación y posterior sucesión cuando los legisladores ya han sido electos.

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