Huincul multará a quienes incumplan medidas de higiene y seguridad por coronavirus

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Este viernes el Concejo Deliberante de Plaza Huincul sancionó la ordenanza N°1.687/20 que establece multas para quienes incumplan medidas de seguridad, aislamiento y distanciamiento dispuestas por la pandemia en la vía pública y comercios.

La propuesta fue enviado desde el Ejecutivo de la ciudad a cargo del Psicólogo Social Gustavo Suárez y fue aprobado este viernes por unanimidad en el Concejo Deliberante durante una Sesión Especial vía Teleconferencia.

Infracciones y multas:

  • Quien incumpla el aislamiento social y/o no pudiere justificar su circulación fuera de los horarios permitidos: $6.000 (pesos seis mil).
  • Quien habiendo arribado de otras ciudades y no cumpla el aislamiento obligatorio, social en su domicilio por catorce (14) días corrido: $12.000,00 (Pesos Doce mil).
  • Quien no cumpla con el Art. N°3 Decreto 282; referente a desplazamientos esenciales mínimos indispensables en vehículos, durante la situación de emergencia sanitaria, será sancionado con una multa equivalente a $6.000,00 (Pesos Seis Mil).
  • Comercios o espacios habilitados para atención al público que abra sus puertas sin autorización o estando estando autorizados, no cumpla protocolos sanitarios correspondiente o realice actividad fuera de horario o convoque a más personal del permitido: $30.000,00 (Pesos Treinta mil),  se podrá disponer además la clausura preventiva del establecimiento.
  • Circular por la vía pública sin protector facial, tapa bocas y/o barbijo: $3.000,00 (Pesos Tres Mil).
  • Quien inicie o continúe obras de construcción privadas sin haber cumplimentado con el registro correspondiente $15.000,00 (Pesos Quince mil), la obra podrá ser paralizada por 30 días por el inspector, a efectos de que se regularice la documentación habilitante.
  • Quien inicie o continúe obras privadas registradas y no cuenten con permiso municipal correspondiente: $20.000,00 (Pesos Veinte Mil), pudiéndose disponer la paralización de la obra por hasta 30 días o hasta que se regularice la documentación.
  • Para levantar la suspensión de la obra, el contraventor deberá presentar ante el órgano correspondiente un Libre de deudas contravencional» emitido por el Juzgado de Faltas, que acredite haber abonado la infracción cometida
  • Empresas de transporte que no cumpla con los protocolos sanitarios para el traslado de personas :$20.000,00 (Pesos Veinte Mil), podrá disponerse además la retención del vehículo e inhabilitación del mismo, si no pudiere garantizarse la continuidad segura de los pasajeros.
  • Quienes por haber incumplido el aislamiento le secuestraron el vehículo en el que se transportaba deberá abonar una Tasa de Desinfección: $3.000,00 (Pesos Tres Mil) la cual deberá ser acreditada ante el Juzgado de Faltas, a los efectos de solicitar la liberación del vehículo.

Cabe destacar que en caso de reincidencia el monto de la multa municiapal se duplicará.

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