Marco normativo para fomentar la agricultura de tipo familiar

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Diputados de los bloque del Frente de Todos, MPN, Siempre y Demócrata Cristiano presentaron un proyecto de ley en la Legislatura de Neuquen que fija las pautas que debe seguir el Ministerio de Producción para fomentar y fortalecer las prácticas agropecuarias, acceso a la tierra, incorporación de valor agregado y comercialización de productos cultivados o elaborados por agricultores familiares.

Lo hace al adherir a la Ley nacional 27.118, de Reparación histórica de la agricultura familiar para la construcción de una nueva ruralidad en la Argentina, norma sancionada en el Congreso de la Nación en diciembre de 2014.

Entre los beneficios que dispone la iniciativa, fija que los productores que se inscriban en un Registro Provincial de Agricultura Familiar tendrán prioridad en las contrataciones directas para abastecer de alimentos a escuelas, hospitales, comedores comunitarios, entre otras instituciones y organismos del Estado. A la vez, propicia la creación de espacios de comercialización al acompañar la apertura de Ferias de la Agricultura Familiar a través de un programa propio.

De igual modo, contempla la creación de un fondo especial con recursos presupuestarios y de otro origen que permitan dar cumplimiento a los objetivos de la normativa. También divide en cuatro  comisiones consultivas la labor para monitorear y fiscalizar el relevamiento de tierras, dispositivo que servirá para conocer y obtener un diagnostico respecto a la posesión y distribución de terrenos productivos en toda la provincia. Dicho informe servirá para generar políticas públicas que garanticen el acceso a la tierra a los agricultores familiares alcanzados por la normativa. 

Para ello, define al agricultor familiar como la persona que trabaja y gestiona de manera directa su emprendimiento. Añade a la clasificación la necesidad de que su dueño también sea el propietario del predio o de los medios de producción que se encuentren en el mismo. En ese sentido, incluye como condición que el trabajo lo realicen principalmente familiares y que el principal ingreso económico provenga de la actividad agropecuaria que despliegan en el mismo.

La norma también contempla bajo esta denominación a comunidades originarias que se dediquen a la actividad, productores rurales sin tierra, productores periurbanos, campesinos, pescadores artesanales, colonos, chacareros y pequeños productores minifundistas. 

A la vez, la iniciativa define como autoridad de aplicación al Ministerio de Producción. Al respecto, indica que entre sus funciones la cartera deberá contribuir a la soberanía alimentaria a través del fortalecimiento de la agricultura de tipo familiar, fomentar la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales. También tendrá que auspiciar la formación técnica superior y capacitación en las modalidades de producción de la agricultura familiar y fortalecer la organización de las familias productoras mediante la promoción del asociativismo. 

De igual modo, dispone que será su responsabilidad potenciar la posibilidad de agregar valor en origen que permita desarrollar la potencialidad productiva, organizativa y logística de la agricultura familiar; desarrollar políticas de comercialización que garanticen la inserción de los productos en mercados locales y regionales; planificar y evaluar acciones para propiciar el acceso a tierras productivas y desarrollar y ejecutar el Programa Ferias de la Agricultura Familiar.

El proyecto (13576) ingresó por Mesa de Entradas el 30 de julio con la firma de los diputados Darío Peralta, Gonzalo Bertoldi (FT), José Ortuño, Germán Chapino, Javier Rivero (MPN), Andrés Peressini (Siempre) y Raúl Muñoz (DC).

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