Proponen beneficio fiscal para contribuyentes cumplidores

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Se trata de un régimen excepcional de crédito fiscal para contribuyentes que no registren deudas impositivas al 31 de julio del actual período fiscal y el mismo se aplicará en concepto de compensación con un tope de hasta un 5% sobre impuestos provinciales que devenguen con posterioridad al 1 de agosto del 2020.

Así lo expresa la iniciativa de ley que presentó el bloque de Juntos por el Cambio, medida que busca premiar a los contribuyentes que durante el período de aislamiento y distanciamiento social que provocó la pandemia ocasionada por el Covid-19, pudieron cumplir con sus obligaciones tributarias.

El proyecto dispone que el cómputo del crédito fiscal que se otorgue tendrá como límite el equivalente al 25% de las obligaciones tributarias generadas entre el 1 de abril y el 31 de julio por Ingresos Brutos, Inmobiliario y Sellos. Al respecto, la norma aclara que bajo ningún concepto el beneficio podrán ser cedidos, transferidos o formar parte de una acción de reintegro.

Recuerda en sus fundamentos que en el último año se han extendido moratorias y se han otorgado distintas medidas de alivio destinadas a los contribuyentes que por la crisis no logran cancelar sus obligaciones tributarias. No obstante, sostiene desde el Estado también se deben brindar herramientas fiscales para reconocer a los ciudadanos y ciudadanas que, a pesar de las circunstancias, mantuvieron la decisión de cumplir con el fisco.

El proyecto (13641) ingresó por Mesa de Entradas el 24 de agosto con la firma de los diputados Luis Aquín, César Gass y las legisladoras Ayelén Quiroga, Leticia Esteves y Karina Montecinos (JC).

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