Neuquén firmará un convenio marco de cooperación con Tierra del Fuego

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El acuerdo lo suscribirán este martes el gobernador neuquino Omar Gutiérrez con su par fueguino, Gustavo Melella.

La provincia del Neuquén firmará este martes por la mañana -de manera virtual- un convenio marco con la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, con el objetivo de concertar acciones y voluntades tendientes a la obtención de objetivos comunes y mediante la concreción de un programa de cooperación y asistencia recíproca.

El acuerdo lo suscribirán el gobernador neuquino Omar Gutiérrez y su par fueguino, Gustavo Melella. Tendrá como finalidad intercambiar experiencias bilaterales en las áreas y temáticas vinculadas al Turismo, Producción, PyMEs, regionalización patagónica, Energía, preservación y biodiversidad, integración y cooperación con Chile, lucha contra la pobreza, Planificación  y Ordenamiento Territorial, Reducción de Riesgo de Desastres, adaptación de la Agenda 2030 y los ODS a las realidades provinciales, Ciencia, Tecnología e Innovación,  y toda otra vinculada con un desarrollo integral y sostenible de los pueblos patagónicos.

Según se indica, las actividades que surjan a partir del acuerdo deberán ser instrumentadas en convenios específicos, en los que determinarán los detalles de ejecución, financiación, disponibilidad de personal y todo otro elemento necesario para el cumplimiento de los objetivos propuestos. Esos convenios específicos deberán ser aprobados por ambas partes.

Además, se destaca que las partes observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración, teniendo en cuenta que la finalidad de este convenio es beneficiar el desarrollo de sus actividades, por lo que la labor por realizar deberá ser un ejemplo de buena voluntad y coordinación de esfuerzos.

Este convenio tendrá una duración de dos años a partir de su firma y se considerará automáticamente prorrogado por sólo otro período igual si antes de su vencimiento ninguna declara su voluntad en contrario. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá rescindirlo unilateralmente, sin expresión de causa, mediante preaviso escrito a la otra efectuado con una anticipación de 60 días.

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