Quieren descartar la improcedencia de la prisión preventiva en causas de violencia familiar

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El bloque de la Democracia Cristiana presentó un proyecto para modificar los casos en los cuales se puede declarar improcedente un pedido de prisión preventiva, causales previstas en el artículo 115° del Código Procesal Penal.

El cambio alcanza al inciso 2) e incorpora que no se podrá otorgar el beneficio en aquellos casos vinculados a denuncias de violencia familiar, siguiendo lo establece el artículo 114 quater.

Sostiene en sus fundamentos que existen denuncias permanentes de incumplimiento de las medidas por parte del Estado y esta modificación permitirá garantizar los derechos de la víctima de violencia familiar que sí se materializaron en los cambios previstos en el artículo 114 pero se omitieron en el 115 del Código Procesal Penal.

De igual modo, los legisladores también presentaron una iniciativa de comunicación que le solicita al Congreso Nacional elevar de seis meses a dos años las penas previstas en el artículo 239 bis del Código Penal cuando exista resistencia o desobediencia contra una orden destinada a proteger la integridad psicofísica o la vida de una presunta víctima de violencia de género. También pide a los diputados nacionales dictaminar que las penas impuestas sean de cumplimiento efectivo, cambio que implicaría dejar de considerar este delito excarcelable.

Los proyectos (14082 y 14080) ingresaron por Mesa de Entradas el 1ro de marzo con la firma de los diputados Carlos Coggiola, Raúl Muñoz y la legisladora Elizabeth Campos (DC).

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