Desarollo Humano

Clubes y bibliotecas populares no deberán presentar balances con certificación contable

Permite reducir costos administrativos a organizaciones comunitarias que cuentan con recursos limitados.

El gobernador Rolando Figueroa firmó este martes el decreto que reglamenta la Ley 3.428, que exceptúa a las asociaciones civiles y fundaciones con ingresos anuales bajos de presentar balances con certificación de contador público. 

La medida busca simplificar los trámites de las organizaciones sin fines de lucro y garantizar, al mismo tiempo, mecanismos de control estatal. Permite entre otros beneficios, reducir costos administrativos para clubes, bibliotecas populares y otras organizaciones comunitarias que cuentan con recursos limitados.

Establece que aquellas que no superen los límites de la categoría “C” del monotributo quedarán liberadas de la obligación de presentar estados contables firmados por un matriculado. En su lugar, deberán presentar declaraciones juradas y documentación adaptada a los modelos fijados por la Inspección Provincial de Personas Jurídicas, autoridad de aplicación de la ley.

El decreto, publicado este martes en el Boletín Oficial, también determina los procedimientos y formatos que deberán utilizar las entidades, en línea con el Código Civil y Comercial de la Nación. 

En Neuquén existen más de 2.500 asociaciones civiles y fundaciones inscriptas, que llevan adelante actividades sociales y recreativas, pero enfrentaban dificultades para cumplir con los requisitos contables y administrativos.

La Ley 3428 fue aprobada en 2023 por la Legislatura neuquina,  responde a un reclamo histórico de clubes y organizaciones sociales, que denunciaban que la exigencia de balances auditados por contadores generaba gastos imposibles de cubrir.

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