Neuquén adhirió al Decreto Nacional para mitigar los efectos de la Pandemia Covid II

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La Provincia acompañará las medidas definidas por el Gobierno Nacional junto a los gobernadores de las 24 provincias.

La provincia del Neuquén, adhirió formalmente al Decreto Nº 334/21 del Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto provincial N° 816/21, con el fin de contener y mitigar la propagación de la epidemia de Covid-19, así como de preservar la salud pública.

El decreto provincial fue firmado por el gobernador Omar Gutiérrez y por los ministros de Jefatura de Gabinete, Sebastián González y de Gobierno y Seguridad, Vanina Merlo.

Al respecto el ministro Jefe de Gabinete, Sebastián González explicó que la norma “establece dos medidas generales de mucha importancia y que afectan la vida cotidiana de todos los ciudadanos: la suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Y la permanencia de todas las personas en sus residencias habituales”.

Asimismo, aclaró que “sólo se permitirá el desplazamiento para el aprovisionamiento de los artículos esenciales, como alimentos, artículos de limpieza, medicamentos o cualquier otro artículo que se pueda adquirir en los comercios de cercanía esenciales, que podrán permanecer abiertos entre las 6 de la mañana y las 18 horas. En tanto, a partir de las 18 y hasta las 6 de la mañana del otro día, se podrá circular sólo en los casos exceptuados”.

En cuanto a los permisos de circulación, informó que se continuarán tramitando a través de la aplicación Cuidar y a través de la página del Gobierno Nacional argentina.gob.ar/circular. El Gobierno nacional estableció que, a partir del día de hoy, quedarán vigentes los certificados de los trabajadores esenciales, es decir que no será necesario que este grupo vuelva a tramitarlo.

En tanto, la actividad gastronómica quedará habilitada únicamente para las modalidades de delivery (entrega a domicilio) y take away (retiro en puerta de cercanía), en el horario de 6 a 23 horas, sujeto a los protocolos sanitarios aprobados oportunamente para dichas actividades, como excepción al horario de circulación general en las vías públicas dispuesto en el Decreto Nacional. Asimismo, todas las personas que realicen las actividades conducentes a retirar un pedido en la modalidad “retiro en puerta” de cercanía o a realizar el servicio de “entrega a domicilio”, podrán circular en virtud de las excepciones establecidas.

El ministro aclaró que las personas comprendidas dentro de las 31 actividades esenciales “son las que se encuentran autorizadas al uso del transporte público”, con la correspondiente certificación. Asimismo, informó que “hay 11 actividades más que podrán circular en forma excepcional, después del horario establecido de cierre, pero sin uso del transporte público”.

El decreto señala que “la serie de medidas adoptadas tanto a nivel nacional, como provincial, se han dictado con el primordial fin de contener y mitigar la propagación de la epidemia del coronavirus (COVID-19) y con su aplicación se pretende proteger la salud pública, adoptándose en tal sentido medidas proporcionadas a la amenaza que se enfrenta, en forma razonable y temporaria”.

Asimismo incorpora como una de sus consideraciones que “En efecto, no se trata sólo de la salud de cada una de las personas obligadas a cumplir la medida de aislamiento dispuesta, sino de todas y todos los habitantes en su conjunto, ya que la salud pública, por las características de contagio del Coronavirus (COVID-19), depende de que cada una y cada uno de nosotros cumpla con su aislamiento, como la forma más eficaz para cuidarnos como sociedad”.

Finalmente, el decreto indica que “al día de la fecha continúa en pleno desarrollo un Plan Provincial de Vacunación a fin de dotar progresivamente de inmunidad a la población de la Provincia del Neuquén”.

Otras medidas adoptadas para esta etapa:

  • No se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia (excepto para las actividades esenciales).
  • No se podrá realizar reuniones de personas, ni concentraciones o prácticas recreativas grupales.
  • Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía (en horario autorizado para circular y respetando los protocolos).
  • Queda habilitado el uso del transporte público para las personas expresamente autorizadas.

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